La Sigen promueve un mayor control

El titular de la Sindicatura General de la Nación, Daniel Reposo, aprobó el Programa de Fortalecimiento del Sistema de Control Interno, que comprende el Plan de Compromiso de Mejora de la Gestión y el Control Interno, las normas particulares sobre constitución y funcionamiento de Comités de Control. Pero, además, reconoció como buena práctica de control interno a la Metodología de Autoevaluación y Diagnóstico de Procesos.

Desde la Sigen destacan, entonces, que estas decisiones fueron fundamentadas en que el dinamismo propio de la sociedad, exige que se promuevan nuevos instrumentos de control para aplicar a la mejora de la gestión gubernamental, haciendo hincapié en herramientas preventivas que permitan fortalecer el control interno y respondan a las modernas tendencias de auditoría contributiva, control integrado y mejora continua de la gestión pública.

Asimismo, el Plan Estratégico de la Sindicatura establece la conformación de comités de control, como una de las operaciones tendientes al logro de un ámbito permanente de interacción con los organismos, resultado que a su vez ayuda al logro de uno de sus objetivos estratégicos, en cuanto que el sistema de control interno cumpla su rol institucional y funcional en el espacio del Poder Ejecutivo Nacional.

La actividad de los comités de control incluye acciones relacionadas a la implementación de recomendaciones de auditoría, entre otras actividades dirigidas a la anticipación de problemáticas y a la prevención de riesgos organizacionales.

En tanto, se estima propicio el trabajo integrado que representan los comités de control para fomentar la colaboración entre los distintos actores de la gestión y el control público.

El Plan de Compromiso de Mejora de la Gestión y el Control Interno es una herramienta facilitadora, encargada de orientar, asesorar, impulsar y poner en marcha estrategias para el mejoramiento continuo y preventivo del sistema de control interno.

Para ello, Sigen en conjunto con los titulares de los organismos y entes públicos comprendidos en su universo de cobertura podrán:

- Precisar y acordar la puesta en marcha de las recomendaciones efectuadas en los informes de control interno, las que calificarán conforme su significatividad e impacto en la actividad propia del organismo respectivo, con el objeto de desarrollar compromisos de implementación de mejoras de la gestión y el control interno

- Definir otras cuestiones que a criterio del responsable de la jurisdicción hagan al mejoramiento y que no hubieran sido objeto de observación o recomendación de los informes

- Fijar acciones proactivas que impliquen poner en práctica soluciones que mejoren el desempeño organizacional, así como las obligaciones que asume cada parte, la modalidad de verificación y los plazos de cumplimiento

Las Normas Particulares de Comités de Control para Jurisdicciones y Organismos Descentralizados establece asesorar a la entidad superior en todo lo relativo al sistema de control interno del ente; asesorar a la máxima autoridad en la definición de planes estratégicos y en la evaluación del estado de cumplimiento de metas y objetivos propuestos en los mismos; difundir el respaldo institucional a la actividad de la Unidad de Auditoría Interna.

Estas acciones están destinadas a:

- Promover la ejecución de operaciones metódicas, económicas, eficientes y eficaces, así como productos y servicios de la calidad, cantidad y oportunidad requeridas

- Preservar el patrimonio de pérdidas por despilfarro, abuso, mala gestión, errores, fraudes o irregularidades

- Respetar las leyes y reglamentaciones

- Producir información financiera y de gestión completa, consistente, confiable y oportuna

- Asegurar la integridad y consistencia de la cultura del ente, relativa a la ética en el desempeño de la función pública