Las pymes esperan al Gobierno y la Corte para pagar menos cargas patronales
Muchas pymes ven peligrar su existencia por las elevadas cargas patronales y además, en numerosos casos, por juicios con la AFIP por cuál es la definición de pequeña empresa a considerar para la aplicación de una rebaja de las contribuciones que se otorgó en 2001 y cuyo monto de facturación nunca se adecuó. Serán necesarios un nuevo decreto del Gobierno y un fallo de la Corte Suprema de Justicia para solucionar la situación en que se encuentran estas compañías.
La falta de una adecuada normativa que reconozca los efectos de la inflación pone en jaque la competitividad de las pymes de todo el país, que en su mayoría se verán obligadas a pagar el 21% en concepto de contribuciones patronales, enfatizó Ricardo Paolina, socio del estudio Lisicki, Litvin & Asoc.
Al relatar los antecedentes, Paolina apuntó que el Decreto 814/01 unificó en el 16% las contribuciones que las empresas debían pagar a la seguridad social, pero posteriormente ese porcentaje fue aumentado y las compañías cuya actividad principal encuadren en el sector Servicios o Comercio tributan 21% mientras que el sector industrial lo hacen a la tasa del 17%.
El Decreto 1009/01 dispuso un tratamiento especial para las pymes de Servicios o Comercio las que pagan 17% en concepto de contribuciones patronales en la medida que las ventas anuales, calculadas de acuerdo a lo previsto por la Resolución (Spyme) 24/01, no superen la suma de $ 48 millones.
Inflación
La inflación desde el año 2001 a la actualidad, medida según el Indec hasta el año 2006 y los años 2016 y 2017 y por consultoras privadas en los años 2007 a 2015, fue aproximadamente del 1700%; sin embargo la suma de $ 48 Millones fijada por el Decreto 1009/01 se mantiene inalterable a criterio de la AFIP a pesar de que la actual Secretaría de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa por Resolución 340-E/17 elevó esa cifra a $ 900 millones para el sector comercial y a $ 250 millones para el sector prestador de servicios, indicó Paolina.
El criterio de la AFIP es que el Decreto 1009/01 no hizo una simple remisión a la Resolución 24/01 de la Spyme, sino que definió “a los fines previsionales” qué considera actividad comercial y de servicios, y sobre todo, que el límite de los $ 48 millones es el definido por el Poder Ejecutivo para la definición de pyme, remarcando que a su entender las modificaciones posteriores de dichos valores por la Spyme constituyen actos jurídicos diferentes no aplicables a la cuestión previsional, relató Paolina.
Sobre la base de esta interpretación, la AFIP determinó deudas millonarias a las pymes en concepto de contribuciones patronales (con intereses del 36% y multas del 200%), resoluciones que fueron recurridas judicialmente a la Cámara Nacional de Seguridad Social.
Las diversas Salas de la Cámara se han pronunciado a favor (Codimat SA sentencia del 11-5-11, Distribuidora Cummins SA del 31-8-17, KVN SRL del 31-8-17) y en contra de la actualización de los $ 48 millones (Arpenta Cambios SA, Sala II, Autopistas del Sol SA, Sala II del 13-5-14).
Mientras no exista sentencia de la Corte Suprema, los costos los pagan las pymes y sectores que emplean gran cantidad de trabajadores como las empresas de seguridad, limpieza y call centers, que tienen porcentajes de rentabilidad muy ajustados, ven peligrar su continuidad de verificarse una sentencia en contra, enfatizó Paolina.
En opinión de Paolina, quien tiene facultades para calificar a una empresa como pyme es la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y no AFIP, en tanto que el Decreto 814/01 que dispone una alícuota reducida para las pymes fue dictado con el objeto de permitir el crecimiento sostenido, mejorar la competitividad, el aumento del empleo y reducción de los costos de las empresas pequeñas, por lo que no actualizar los $ 48 millones va en sentido contrario a los objetivos claros previstos en sus considerandos por la norma en cuestión. A juicio del especialista, el Poder Ejecutivo podría actualizar con un nuevo Decreto los montos que han quedado congelados, como si la inflación no hubiera existido.
Fuente: El Cronista