Quiénes quedan exceptuados del cepo cambiario

El Banco Central explicó hoy los alcances de las nuevas limitaciones para la compra de dólares, que incluyen numerosas operaciones.

A través de la Comunicación "A" 6815/2019, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la autoridad monetaria aclaró a quienes alcanza y quienes quedan exceptuados de esta decisión.

Para retirar efectivo en el exterior habrá que tener dólares en la cuenta desde este lunes, el límite para la adquisición de divisas alcanza a 200 dólares para aquellas personas que hagan la operación vía homebanking, pero para las compras en efectivo, sólo se podrán adquirir 100 dólares.

De este endurecimiento del cepo se exceptuaron las operaciones de:

Organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación.

Representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones.

Representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales, en los cuales la República Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones.

Las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.

Fuente: Ámbito.com