Último día para que las empresas se inscriban en el ATP por el pago del salario complementario
Este jueves termina el plazo para que las empresas que lo necesiten se inscriban al programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para que sus empleados puedan obtener el salario complementario de agosto.
La inscripción está abierta desde el viernes pasado, 28 de agosto, y está disponible hasta este jueves 3 de septiembre para que los empleadores puedan pagar los sueldos de agosto, con una parte aportada desde el Estado, equivalente, al menos, a un salario mínimo.
Se trata del quinto salario complementario o ATP 5, que el Gobierno comenzó a pagar a través de la Anses para mitigar los efectos de la pandemia en la actividad económica.
¿Qué es el salario complementario?
Para dar un apoyo económico a los sectores afectados por las medidas tomadas para prevenir la transmisión del coronavirus, el Estado aporta el 50% del salario de los empleados de las empresas registradas, aunque este porcentaje varía de acuerdo al monto del sueldo. El resto debe pagarlo el empleador.
Como mínimo, aporta directamente al trabajador el equivalente a un salario mínimo ($16.875), y como máximo dos sueldos básicos ($33.750). En el caso de los sectores afectados "no críticos", el tope se reduce a 1,5 salario mínimo ($25.312).
¿Cómo anotarse en el ATP?
Las empresas que cumplan con las condiciones necesarias para recibir los beneficios del programa deberán ingresar al sitio web de la Afip, www.afip.gob.ar, y acceder con su clave fiscal. En caso de no tener una, tendrán que solicitar una a través de la misma página.
El sitio web le pedirá que ingrese sus datos, y al acceder con la clave, podrá buscar la opción correspondiente al programa ATP.
Para poder anotarse en el ATP y que los trabajadores reciban el salario complementario, la condición que deben cumplir las empresas es haber registrado una caída nominal en su facturación entre julio de 2019 y 2020.
En esta oportunidad, los créditos a tasa subsidiada destinados a todas las empresas con incremento de facturación de 0% al 30% junio 2020 versus junio 2019, pueden convertirse en subsidios siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo.
Los créditos a tasa 0% son para las empresas que hayan facturado entre 0% y 10% más que en junio de año pasado; del 7,5%, si la facturación se incrementó entre 11% y 20% y del 15%, si la empresa vendió entre 21% y 30% más que el año pasado.
Las firmas cuya facturación nominal muestre en julio una variación interanual positiva entre 0% y 40% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 15%.
Los Créditos a Tasa Subsidiada obtenidos para el pago de salarios de agosto podrán ser convertidos parcial o totalmente en un subsidio en tanto cumplan con las metas de empleo que establecerá el Ministerio de Desarrollo Productivo.
Fuente: BAE Negocios