JUSTICIA | FALLO
Usar sin permiso el teléfono del trabajo no es un delito
Un empleado que utilice la línea sin la autorización del dueño o ejecutivo de la empresa no irá preso, pero sí podrá ser suspendido o incluso despedido de la firma. Se trata de un fallo de la justicia porteña.
La Sala Sexta de la Cámara del Crimen de la Capital Federal, con las firmas de los jueces Luis Bunge Campos, Marcelo Lucini y Gustavo Bruzzone, confirmó así el sobreseimiento a favor de dos empleados de una empresa de seguridad privada contratada para trabajar en el Instituto de Investigaciones Históricas de la Manzana de las Luces.
Desde uno de los salones del lugar, los dos empleados realizaron llamadas para las que no estaban autorizados, por un valor 303,49 pesos. Y ambos fueron denunciados por el delito de "hurto", pero la Justicia rechazó esa imputación aunque reconoció que en el caso se produjo "un abuso de confianza".
"No surge del legajo que se hayan apoderado ilegítimamente de la cosa o la hayan sustraído de la esfera de custodia de su titular en el contexto de clandestinidad propio del delito en cuestión, sino que se concretó en un abuso de confianza, por la relación laboral, que si bien es reprochable excede el ámbito del hurto", dijeron los jueces.
"Tal actuar puede acarrear una sanción disciplinaria por parte de la empresa que los contratara, o hasta incluso el despido de los nombrados, pero de ninguna manera, dicha conducta puede ser constitutiva de delito", insistieron. (INFOBAE)