NOVEDADES EDITORIALES
Artículos impositivos destacados del mes de julio
eLeVe les acerca a sus lectores los artículos destacados impositivos del mes de julio, con la posibilidad de poder adquirir cada uno de estos títulos por separado.
Aplicación Tributaria desde hace más de 24 años le viene ofreciendo a los profesionales la posibilidad de acceder a la más completa información a través de sus diferentes revistas: Técnica Laboral, Técnica Impositiva, Técnica Contable y Técnica Societaria.
Si bien cada uno de estos ejemplares desde sus inicios han sido publicados en forma impresa, hoy por hoy y de la mano de nuestro permanente crecimiento tecnológico las dos primeras se siguen imprimiendo, pero las revistas societaria y contable ya han sido incorporadas en su formato únicamente digital a la suscripción DentroDe.
REIMPUTACIÓN DE PAGOS
Su Análisis
AUTORA: ANALÍA SANTOS ROMERO
Es posible que al realizar pagos, éstos hayan sido imputados a una obligación errónea, ya sea por parte de la entidad ante la cual se efectuó el pago (banco, pago fácil, rapipago) o por un error cometido por el propio contribuyente al consignar los código de impuesto–concepto –subconcepto en el volante de pago respectivo.
A fin de subsanar estos fallos, se hace necesaria la generación de un procedimiento para la reimputación de esos pagos de manera tal de afectarlos a la obligación correcta.
Es así que la Administración Federal estableció distintos procedimientos para la reimputación de pagos, dependiendo del tipo de contribuyente de que se trate (contribuyente común o gran contribuyente) y del impuesto a reimputar (por ejemplo: impuesto a las ganancias, I.V.A. o Monotributo).
A raíz de las modificaciones introducidas por la Resolución General Nº 3487 (B.O. del 25/04/2013), por medio de la cual se habilitó en el servicio “Sistema de Cuentas Tributarias” la transacción “Reimputación de Pagos Contribuyente”, analizaremos las distintas alternativas con las que cuentan los contribuyentes y/o responsables para cambiar la imputación de los pagos. (...)
UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS PETROLÍFERAS
Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
AUTOR: RICHARD L. AMARO GÓMEZ
La siguiente colaboración tiene por objeto, analizar la procedencia de aplicar las percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos, en el régimen correspondiente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Uniones Transitorias de Empresas. Primeramente, analizaremos el marco normativo general, para luego referirnos a la consulta que se le hizo a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en el marco de la reunión de enlace con las entidades profesionales y para finalmente dar nuestra opinión al respecto.
Las Uniones Transitorias de Empresas, si analizamos el derecho de fondo y más precisamente el Derecho Comercial a través de la Ley de Sociedades Comerciales, no son personas jurídicas ni contratos asociativos, sino que son meros contratos. Es decir, su naturaleza jurídica es la contractual, ya que constituyen un acuerdo de voluntad común, destinado a reglar sus derechos. (...)
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Anticipos. Reducción. Personas Físicas
AUTORA: SILVIA R. GRENABUENA
En esta oportunidad comentaremos la normativa aplicable para el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias que deben ingresar las personas físicas y/o sucesiones indivisas.
Además, comentaremos el régimen opcional de reducción de dichos anticipos y desarrollaremos un caso práctico sobre este tema.
Los anticipos del impuesto a las ganancias de las personas físicas o sucesiones indivisas, imputables al período fiscal 2013, se determinarán aplicando las normas de la Resolución General Nº 327 (A.F.I.P.) (B.O. del 08/01/99), modificada por la Resolución General Nº 839 (B.O. del 10/05/2000).