NOVEDADES EDITORIALES

Artículos laborales destacados del mes de mayo

eLeVe les acerca a sus lectores los artículos destacados laborales del mes de mayo de 2013, con la posibilidad de poder adquirir cualquiera de los estos títulos por separado.

Aplicación Tributaria desde hace más de 24 años le viene ofreciendo a los profesionales la posibilidad de acceder a la más completa información a través de sus diferentes revistas: Técnica Laboral, Técnica Impositiva, Técnica Contable y Técnica Societaria.

Si bien cada uno de estos ejemplares desde sus inicios han sido publicados en forma impresa, hoy por hoy y de la mano de nuestro permanente crecimiento tecnológico las dos primeras se siguen imprimiendo, pero las revistas societaria y contable ya han sido incorporadas en su formato únicamente digital a la suscripción DentroDe.


PLURIEMPLEO

Algunas Cuestiones Relacionadas con la Situación de Pluriempleo

AUTORES: CARLOS J. SUBELET Y MARÍA CECILIA SUBELET

Los autores analizan en esta colaboración algunas cuestiones relacionadas con la situación de pluriempleo, haciendo hincapié en cuanto a la licencia ordinaria, cobertura de la Ley de Riesgos de Trabajo y liquidación de aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social y Obra Social.

Conceptualmente, se considera como pluriempleo al desempeño de varios empleos u ocupaciones por parte de un mismo trabajador.

De modo que, la existencia de pluriempleo supone que un mismo trabajador debe mantener relaciones laborales con distintos empleadores mediante distintos contratos de trabajo independientes entre sí, celebrados de manera separada cada uno de ellos y sin que se registre la existencia de vínculo entre los distintos empleadores.

El pluriempleo es posible, ya que la Ley Nº 20.744 en su artículo 92 ter admite el contrato de trabajo a tiempo parcial, según el cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las 2/3 partes de la jornada habitual de la actividad. (...)

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LA PERICIA CONTABLE EN LOS INFORTUNIOS LABORALES

Repercusión del Proyecto de Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación

AUTOR: MARCELO RODRÍGUEZ

Según datos obtenidos en la página de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), cada día mundialmente mueren seis mil trescientas (6.300) personas a causa de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo. Anualmente ocurren más de 2,3 millones de muertes y más de 317 millones de accidentes en el trabajo. Sólo el veinte por ciento (20%) de la población mundial tiene una protección social adecuada y más de la mitad no tiene ninguna cobertura. Estas personas enfrentan peligros en el lugar de trabajo, y tienen pensiones y seguros de salud débiles o inexistentes.

El 28 de abril de 2012, Juan Somavia, Director General de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), en ocasión del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, recalcó en su discurso, la necesidad de promover lugares de trabajo más seguros y sanos como parte de las estrategias de trabajo decente, en la transición hacia una economía más respetuosa del medio ambiente. La frase final de su discurso fue: “Optemos por un enfoque que promueva el trabajo seguro y saludable en empresas sostenibles, la reducción de la pobreza y un modelo de crecimiento que genere más y mejores empleos”.

Con respecto al trabajo decente es preciso considerar que: no hay trabajo decente, si no es un trabajo seguro y digno. El concepto, incluye la noción de seguridad en su definición, tanto sea entendido como “el trabajo productivo en el cual los derechos son respetados, con seguridad y protección y con la posibilidad de participación en las decisiones que afectan a los trabajadores” o como “el derecho de los y las trabajadoras de disfrutar de un trabajo productivo, ejercido en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana”. (...)

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RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

Ley Nº 26.844. Su Análisis

AUTORA: MARCELA MEDRANO

Después de varias idas y vueltas se sancionó en marzo de este año la nueva ley de servicio doméstico, que trae una ampliación de derechos, sobre todo para las mujeres que componen en su mayoría, el mercado laboral del personal auxiliar de casa particulares.

La idea en esta primera entrega que presentamos es ir analizando el articulado de la nueva norma en base a los institutos que regula y al finalizar realizar un cuadro comparativo con el régimen derogado, el Decreto Ley Nº 326/56 y complementarios.

La Ley Nº 26.844 es nacional, por lo tanto regirá en las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador, lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores, dentro de todo el ámbito de la República Argentina. (...)

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