GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
CPCECABA solicita prórroga para el pago de los impuestos
A través de una nota, las autoridades del Consejo le solicitaron al titular de la AFIP, Alberto Abad, que se unifiquen a mayo los vencimientos dispuestos para abril relativos a la presentación de las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales que deberán realizar las personas físicas y las sucesiones indivisas.
En su sitio, el Consejo informó que la solicitud responde a la gran cantidad de consultas y pedidos recibidos por los profesionales matriculados.
Cabe recordar que, los contadores se encuentran -según el Consejo- sometidos a una gran carga administrativa de trabajo provocada por las últimas reformas de carácter impositivo y previsional.
Además, los feriados del 2 de abril y de Semana Santa, y las recientes novedades en cuanto a quiénes deberán presentar con la nueva versión del programa aplicativo unificado de ambos impuestos (versión 8.0) justificarían la necesidad de aplazar el vencimiento.
A continuación, reproducimos la nota enviada al Dr. Alberto Abad:
Nota N° 614
Buenos Aires, 28 MAR 2007
NOTA Nº 614
Señor Administrador de la Administración Federal de Ingresos Públicos Dr. Alberto Abad Hipólito Irigoyen 370 – Piso 1º (1086) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ref.: Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales - Personas físicas y sucesiones indivisas – Año fiscal 2006 – Solicitud de unificación de las fechas de vencimiento a mayo de 2007.
Tenemos el agrado de dirigirnos al Sr. Administrador en relación al calendario de vencimientos estipulado para presentar las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales – Año Fiscal 2006 – por parte de las personas físicas y sucesiones indivisas.
En particular, la Resolución General Nº 2179 dispuso que entre el 17 y el 23 de abril operarán los vencimientos – según terminación de la C.U.I.T. - para las personas físicas y sucesiones indivisas que no posean participaciones en sociedades que cierren su ejercicio comercial en diciembre; al tiempo que aquellos que sí posean tales participaciones el plazo vencerá entre el 15 y el 21 de mayo, según corresponda-.
En virtud de la cuantía de consultas y pedidos recibidos por nuestros matriculados, quiénes se encuentran sometidos a una gran carga administrativa de trabajo provocada por las últimas reformas de carácter impositivo y previsional, circunstancia a la que se le adicionan los feriados del 2 de abril y de Semana Santa y las recientes novedades en cuanto a quiénes deberán presentar con la nueva versión del programa aplicativo unificado de tales impuestos (versión 8.0); este Consejo Profesional sugiere se unifiquen con carácter general al mes de mayo de 2007 los vencimientos dispuestos para el mes de abril y que antes enunciáramos.
En el convencimiento en que ello contribuirá a una mejor tarea profesional y al cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes y responsables, aprovechamos la oportunidad para saludarlo cordialmente.
Guillermo Héctor Fernández Secretario
Humberto Ángel Gussoni Presidente