ANSES
Los convivientes del mismo sexo pueden cobrar pensión por cónyuge
Los cónyuges del mismo sexo pueden tramitar la pensión por fallecimiento de su pareja. Podrá solicitar la pensión el cónyuge o concubino del beneficiario fallecido, acreditando dicho matrimonio o convivencia con la presentación de la partida de defunción de su pareja. El trámite es gratuito y puede realizarse desde la página web de ANSES, www.anses.gob.ar.
Para poder efectuar la gestión, el solicitante debe contar con su número de CUIL y el del fallecido (causante); en caso de percibir otro beneficio, con su número de beneficiario y de expediente; si el causante tuviera hijos menores de edad por los cuales va a compartir el beneficio, debe informar el CUIL de cada uno de ellos; y, finalmente debe presentar su domicilio (donde recibirá la notificación de pago): calle, número, piso, departamento, localidad, provincia, código postal, teléfono de contacto, dirección de correo electrónico y número de beneficio del fallecido.