Nueva Ley tarifaria para rúbrica de libros en CABA

A partir del 5 de abril de este año, no se podrá iniciar ni retirar ningún trámite de Rúbrica de Libros del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sin acreditar el pago por todos los servicios emitidos en la rúbrica de documentación laboral.

Este accionar responde a la ley tarifaria para el 2010, Nº 3.394 , para lo cual el contribuyente deberá presentar la boleta de depósito con dos copias que acrediten el cumplimiento de dicha ley.

Este trámite se deberá realizar en el Banco Ciudad (sucursal 111) en la cuenta corriente Nº 210216/2.

El art. 130 de dicha Ley establece el siguiente cuadro tarifario:

Autorización de centralización de la rúbrica de libros laborales$ 14.00
Autorización del sistema de microfichas$ 14.00
Rúbrica de libro especial de sueldos y jornales$ 14.00
Rúbrica de hojas móviles o similar, por folio utilizado$ 1.40
Rubrica de microfichas por folio utilizado microfilmado$ 1.00
Rubrica de microfichas por folio utilizado microfilmado$ 1.00
Rubrica del registro único de personal$ 14.00
Rúbrica del libro de viajantes de comercio$ 14.00
Rúbrica de libros de trabajadores a domicilio$ 14.00
Rúbrica de libreta de choferes de trasporte automotor $ 7.00
Registro de poderes y mandatos$ 15.00
Rúbrica de libro para peluqueros$ 14.00
Rúbrica de libro de órdenes para trabajadores de casas de renta$14.00
Rúbrica de libros para la actividad rural $ 14.00
Obleas de transporte$ 14.00
Rúbrica plantillas de horarios para el personal femenino$ 14.00
Rúbrica de planillas de kilometraje por folio utilizado$ 1.00
Solicitud de informes por escrito, reproducciones de textos contenidos de instrumentos públicos solicitados por terceros$ 15.00