ARTICULO DESTACADO DEL DÍA | DENTRO DE
Certificación de servicios y remuneraciones vía internet
AUTORA: LORENA F. DE LUCA
La Resolución General Nº 2316 (A.F.I.P.) (B.O. del 27/09/2007) dispone que, con el objeto de lograr la simplificación y unificación en materia de inscripción laboral y de la seguridad social, la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) han desarrollado un sistema informático que permitirá la generación y emisión de la certificación de servicios y remuneraciones vía internet, teniendo en cuenta que la presentación manual de dicha certificación genera un importante volumen de tareas a los empleadores, en razón de la cantidad de datos que se deben consignar en los formularios en uso.
Asimismo, se emitieron las siguientes normas reglamentarias del régimen:
Nota Externa Nº 3/2008 (A.F.I.P.) (B.O. del 23/07/2008).
Resolución Nº 601/2008 (A.N.Se.S.) (B.O. del 05/08/2008).
2. CERTIFICADO ARTÍCULO 80 DE LA LEY Nº 20.744
El artículo 80 de la Ley Nº 20.744 y sus modificaciones dispone que el empleador deberá dar al trabajador, cuando éste lo requiriese a la época de la extinción de la relación, constancia documentada de ello. Durante el tiempo de la relación deberá otorgar tal constancia cuando medien causas razonables.
Recuerde que la lectura completa del texto es de uso exclusivo para suscriptores o bien puede adquirir el artículo haciendo click aquí.