ARTÍCULO DESTACADO DEL DÍA | DENTRO DE
Código de Operación de Traslado (C.O.T.)
AUTORA: ANALÍA SANTOS ROMERO
A través de la Ley Nº 13.405 (B.O.P.B.A. del 30/12/2005) se incorporó al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires el artículo 34 bis (actual artículo 41), por medio del cual se estableció que el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial debía encontrarse amparado por un código de operación de traslado o transporte (C.O.T.), cualquiera fuese el origen y destino de los bienes. Al mismo tiempo, se dispone que el citado código debe ser obtenido por el propietario o poseedor de los bienes, en forma gratuita, previo al traslado o transporte por el territorio provincial mediante el procedimiento que estableciera la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, debiendo ser exhibido por quienes realicen el traslado o transporte de los bienes ante cada requerimiento de la Autoridad de Aplicación.
Posteriormente, mediante el dictado de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 32/06 (texto ordenado por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 54/06), la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires procedió a la reglamentación del citado artículo.
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