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Ejecución de la sentencia laboral
AUTORA: NATALIA L. SCIGLITANO
Son variadas las cuestiones a tener en cuenta para iniciar el proceso de ejecución de sentencias laborales en el fuero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La mayoría de las cuestiones están relacionadas cuando tenemos la sentencia firme, ya sea de primera instancia o de Cámara, cuando regresa el expediente al juzgado de origen, sobre cómo encarar la ejecución para practicar la liquidación e intimar al o los deudores. Veamos en primer lugar cuáles son los requisitos iniciales para este procedimiento:
1) La sentencia debe encontrarse consentida o ejecutoriada, es decir que la sentencia ya no pueda ser susceptible de recurso alguno. Una sentencia está consentida, cuando ambas partes han prestado su consentimiento respecto del fallo recaído en la misma, sea éste de manera expresa o tácitamente por dejar pasar los plazos establecidos para recurrirla y decimos que la sentencia se encuentra ejecutoriada cuando, siendo recurrida, ha cumplido con su paso por todas las instancias ordinarias.
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