El Subsidio de Contención Familiar se puede tramitar con turno en ANSES

Ante el fallecimiento de los jubilados y pensionados, ANSES abona el Subsidio de Contención Familiar, a los herederos o a cualquier persona que comunique el fallecimiento del beneficiario y acredite haber abonado los gastos del sepelio. Esta suma fija es de $1.800.

Mediante la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio, la persona podrá acceder al cobro del subsidio, cuyo derecho prescribe dentro del plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de fallecimiento del causante. El subsidio se podrá tramitar presencialmente o desde Internet.

En caso de existir familiares con derecho a una pensión, el subsidio será liquidado sin tramitación adicional, junto al nuevo beneficio. En caso de coparticipación, es decir que haya más de una persona con derecho al cobro de la pensión, se liquidará en forma proporcional, según el porcentaje del beneficio que le corresponda a cada uno. También podrán percibir este subsidio los herederos del fallecido, cuando no haya personas con derecho al cobro de la pensión