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La auditoría en empresas de construcción

FRANCISCO LAULETTA

Debido a la mayor o menor complejidad de las obras se tuvo que formalizar la relación entre el contratante y el contratista, que no siempre es de las mejores, para la cual se la encuadró dentro de un marco jurídico llamado “contrato”.

El contrato

Es un acuerdo de voluntades entre dos (2) o más personas, sobre determinado negocio u operación que se celebra con arreglo a las formalidades de la ley. Es un instrumento jurídico, por el cual se establecen obligaciones y derechos entre las partes.

Un contrato de construcción es un contrato, específicamente negociado, para la fabricación de un activo o un conjunto de activos, que están íntimamente relacionados entre sí o son interdependientes en términos de su diseño, tecnología y función, o bien en relación con su último destino o utilización.

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