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Régimen de retención de IVA: Empresas de Servicios de Limpieza de Edificios, de Investigación y/o Seguridad y de Recolección de Residuos
AUTORA: ANALÍA SANTOS ROMERO
Con el objeto de asegurar el cumplimiento y la verificación de las obligaciones fiscales a cargo de las empresas de servicios de limpieza de edificios, de investigación y/o seguridad y de recolección de residuos domiciliarios, la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 3164 (B.O. del 26/08/2011), procedió a la implementación de un régimen de retención del impuesto al valor agregado respecto de las operaciones llevadas a cabo por dichos sujetos.
A continuación, analizaremos los aspectos más destacados de este nuevo régimen de retención.
Operaciones alcanzadas por el régimen de retención
El régimen de retención del impuesto al valor agregado bajo análisis es de aplicación a las operaciones realizadas por los siguientes sujetos, independientemente de la naturaleza jurídica del contrato por medio del cual se instrumenten –locaciones de obra y/o locaciones o prestaciones de servicios–:
a) Empresas de servicios de limpieza de edificios.
b) Empresas de investigación y/o seguridad.
c) Empresas de recolección de residuos domiciliarios.
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